Hola!
Ultimamente no me he conectadoa al foro, así que he visto hoy tu consulta.
En primer lugar me llama la atención que con una condena de 12 meses haya ingresado en prisión, supongo que es porque ya había estado antes condenado. Si no no debería, porque tendría el abogado que haberle pedido la suspensión de condena.
Respecto a la clasificación, probablemente ya lo esté. Me baso en el traslado que dicen que tiene que hacer a Castellón. Esto es típico, cuando los clasifican por primera vez le fijan un Centro de cumplimiento. Seguramente esto es lo que ha pasado. Lo raro es que no se lo notifiquen por escrito. Yo soy de Tenerife y, en Tenerife II, suelen tardar unos 2 meses desde el ingreso en notificarle la clasificación.
La convinación del 2º grado con el art. 100.2 es muy buena. Implica que lo dejen salir a diario a hacer cursos o a trabajar fuera. Eso es por lo que cuentas de que ya tenía trabajo y una vida normal. Lo hacen porque como tienen una condena corta, no quieren que pierda lo que ha conseguido ya por sí mismo.
Finalmente no me extaña nada lo del Juez de Vigilancia. Aquí en Tenerife es como si no tuviéramos porque se fue el titular hace más de un año y, desde entonces nos tienen con sustitutos que trabajan en otro juzgado y "cuando pueden" atienden el de Vigilancia Penitenciaria. Aquí no recibe a nadie, incluso a nosotros desde la Asociación nos cuesta hablar con él.
Espero haber respondido a tus dudas, si no puedes volver a preguntar.
Te animo a que visites la página de AFAPRETE
www.afaprete.org Un abrazo,